Listo decreto que controla uso de armas traumáticas, hasta 12 años de cárcel si la porta sin permiso

Fue expedido el decreto mediante el cual se controlará la venta, porte, tenencia y uso de las armas traumáticas en todo el territorio colombiano.

Quienes ya tienen esas armas tendrán un plazo prudencial para que hagan el trámite legal y puedan obtener el permiso, y las personas que las comercializan, o que tienen actividades deportivas, recreativas o de protección, tienen un período de transición de 18 meses para que regularicen esas armas traumáticas ante Ministerio de Defensa.

Con el decreto se busca censar, crear un registro y marcar estas armas a través del Departamento de Control y Comercio de Armas, Municiones y Explosivos del Comando de las Fuerzas Militares.

Significa que estas armas no serán de uso libre, y solo se podrán utilizar bajo un reglamento especial que expedirá las Fuerzas Militares. El que viole estas normas tendrán una sanción que oscila entre nueve y 12 años de cárcel, de acuerdo con el artículo 365 del Código Penal, explicó el ministro.

“Al terminar el periodo de transición, las sanciones son iguales a las de hoy; cuando una persona es solicitada y no tiene el porte ni la tenencia o el permiso especial, entonces aplica el delito de porte ilegal de armas”, dijo el ministro de defensa Diego Molano, quien agregó que “para aquellos que ya tienen armas traumáticas hay un periodo de hasta 18 meses para que las registren”.

Si después del periodo de transición (18 meses) usted es descubierto con un arma traumática sin registrar, se expone a una pena de entre 9 y 12 años de cárcel.

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